Viajar con mascotas, especialmente perros, gatos y hurones, requiere cumplir con una serie de normas y recomendaciones para asegurar su bienestar y cumplir con la legislación vigente. Este artículo detalla los requisitos específicos para viajar con mascotas tanto dentro de la Unión Europea (UE) como hacia y desde países no miembros de la UE.
Viajar a España desde un País de la UE
Para introducir un perro, gato o hurón en España desde otro país de la UE, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Identificación: El animal debe estar identificado con un microchip, o un tatuaje si este se realizó antes del 3 de julio de 2011 y es legible.
- Vacunación contra la Rabia: El animal debe estar vacunado contra la rabia con una vacuna válida en el momento del viaje.
- Pasaporte Europeo: Debe disponer de un pasaporte europeo para el movimiento de animales de compañía. En este documento deben estar cumplimentados los apartados de “Propietario”, “Descripción del animal”, “Marcado”, “Expedición del pasaporte” y “Vacunación antirrábica”.
No se permiten excepciones para la entrada en España de perros, gatos y hurones menores de 15 semanas que no hayan sido vacunados contra la rabia. La edad mínima para vacunar a los animales es de 12 semanas, y deben pasar al menos 21 días desde la inoculación de la vacuna para que sea válida.
Viajar desde España a un País de la UE
Si se viaja desde España a otro país de la UE, los requisitos son similares:
- Identificación: El animal debe estar identificado con un microchip, o un tatuaje si este se realizó antes del 3 de julio de 2011 y es legible.
- Vacunación contra la Rabia: El animal debe estar vacunado contra la rabia con una vacuna válida en el momento del viaje.
- Pasaporte Europeo: Debe disponer de un pasaporte europeo para el movimiento de animales de compañía.
Además, si se viaja a Irlanda, Malta o Finlandia, es obligatorio tratar al perro contra E. multilocularis entre 24 y 120 horas antes de la llegada al país.
Viajar a un País No Miembro de la UE
Cuando se viaja a un país no miembro de la UE, es necesario cumplir con los requisitos específicos de ese país. Es recomendable:
- Informarse en la Embajada o Consulado del país de destino.
- Consultar la página web del Ministerio responsable del país.
- Revisar la información disponible en el apartado de exportación de animales de compañía de CEXGAN.
Para países como Andorra, Suiza, Noruega, entre otros, se consideran movimientos intracomunitarios si cumplen con los requisitos del apartado anterior. No obstante, al viajar desde España a estos países, deben atenderse los requisitos específicos, como el tratamiento contra E. multilocularis para Noruega e Irlanda del Norte.
Volver a España después de Visitar un País No Miembro de la UE
Al regresar a España después de visitar un país no miembro de la UE, se deben cumplir los siguientes pasos:
- Punto de Entrada Designado: Debe regresar a través de uno de los puntos de entrada designados y declarar al Resguardo Fiscal de la Guardia Civil que viaja con un animal de compañía.
- Documentación: Presentar la documentación correspondiente del animal.
Si se regresa de un país con riesgo de rabia, adicionalmente:
- Test Serológico contra la Rabia: El animal debe haber pasado un test serológico frente a la rabia con un resultado igual o superior a 0.5 UI/ml en un laboratorio autorizado. Este resultado debe estar reflejado en el pasaporte del animal.
- La entrada del animal solo estará autorizada pasados 3 meses desde la fecha de extracción de la muestra de sangre, asegurando así un nivel adecuado de anticuerpos post vacunales.
Introducir un Animal de Compañía desde un País No Miembro de la UE
Para introducir un animal de compañía desde un país tercero, los requisitos incluyen:
- Certificado Zoosanitario: El animal debe venir acompañado por un certificado zoosanitario firmado por un veterinario oficial del país tercero y presentado al menos en castellano.
- Declaración: Una declaración conforme a los modelos de la UE.
- Documentación de Identificación y Vacunación: Copia certificada de los datos de identificación y vacunación del animal.
- Identificación: El animal debe estar identificado con un microchip o un tatuaje (si se realizó antes del 3 de julio de 2011).
- Vacunación contra la Rabia: El animal debe estar vacunado contra la rabia con una vacuna válida en el momento del viaje.
- Test Serológico contra la Rabia: Si procede de un país con riesgo de rabia, debe haber sido sometido a un test serológico frente a la rabia en un laboratorio autorizado.
Consideraciones Adicionales y Recomendaciones
Si planea transitar, viajar con más de 5 animales o viajar separado de su mascota, es necesario obtener información adicional específica y cumplir con los requisitos adicionales correspondientes.
Más Información y Preguntas Frecuentes
Para obtener más información y resolver cualquier duda, se recomienda consultar los accesos directos a las secciones de importación y documentación sobre mascotas disponibles en la página del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Conclusión
Viajar con nuestras mascotas, ya sean perros, gatos o hurones, implica cumplir con una serie de requisitos legales y sanitarios que varían según el destino. Es crucial estar bien informado y preparado para garantizar la seguridad y bienestar de nuestras mascotas durante el viaje, así como para cumplir con las normativas vigentes en cada país. Siguiendo estos pasos, podemos disfrutar de un viaje seguro y sin contratiempos con nuestros compañeros peludos.